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El Instituto Mexicano del Seguro Social ha emitido una alerta sobre los fallos más frecuentes al intentar incorporarse a la Modalidad 40; conócelo
Para calificar a la Modalidad 40 es necesario haber iniciado la cotización bajo la Ley del Seguro Social anterior a 1997. EL INFORMADOR / ARCHIVO
La Modalidad 40 es una alternativa que permite a los asegurados continuar realizando aportaciones voluntarias al IMSS, aun cuando ya no laboren en una empresa formal. No obstante, y para aquellos que aún forman parte del IMSS tienen la opción de incrementar su pensión bajo esta modalidad, ya que los pagos se calculan con base en el último salario que se tenía registrado.
Actualmente, este procedimiento se puede realizar completamente en línea desde el sitio web oficial del IMSS. A pesar de ello, se recomienda contar con la asesoría de un profesional o gestor especializado, ya que un error podría afectar significativamente el trámite.
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¿Quién puede incorporarse a la Modalidad 40?
Este esquema está diseñado exclusivamente para trabajadores que cotizan bajo el régimen de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como Invalidez y Vida. Importante destacar que no ofrece cobertura médica. Para calificar, es necesario haber iniciado la cotización bajo la Ley del Seguro Social anterior a 1997.
Uno de los errores más comunes que señala el IMSS es no solicitar la inscripción en el plazo establecido. Al dejar de cotizar, los interesados tienen un máximo de cinco años para inscribirse a la Modalidad 40. Pasado este tiempo, pierden el derecho a hacerlo.
También es fundamental considerar que el monto a aportar se calcula en función del último sueldo registrado. Este factor incide directamente en la pensión que se recibirá al momento del retiro.
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Requisitos para ingresar a la Modalidad 40:
- Haber comenzado a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997
- Contar con mínimo 500 semanas cotizadas
- No estar afiliado al IMSS al momento de solicitar la modalidad
- Tener entre 60 y 65 años de edad
- No haber dejado de cotizar por un periodo mayor a cinco años
- Estar dispuesto a realizar aportaciones basadas en el último salario cotizado
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