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URGE QUE COFEPRIS DIFERENCIE CANNABIS Y CÁÑAMO. NO PUEDE CONSIDERAR AMBOS DAÑINOS PARA LA SALUD
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URGE QUE COFEPRIS DIFERENCIE CANNABIS Y CÁÑAMO. NO PUEDE CONSIDERAR AMBOS DAÑINOS PARA LA SALUD
• Las dos son plantas diferentes, con uso distintos, consideran organizaciones de la sociedad civil, investigadores y académicos

• En un escrito dirigido a la Cofepris, piden no estigmatizar a la industria del cáñamo

Asociaciones cannábicas y de cáñamo industrial, entre las que se encuentran expertos en diferentes áreas relacionadas con el cannabis y el cáñamo, mostraron su desacuerdo con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (“Cofepris”) de prohibir el uso de ambos productos por considerarlos dañinos para la salud.

En un escrito firmado por diferentes organizaciones de la sociedad civil, entre las que destacan, entre otros el dirigente del Partido Encuentro Solidario (PES) de Baja California, César Hank Inzunza, señalan que es necesario diferenciar entre el cannabis (de uso médico o adulto) y el cáñamo Industrial (Cannabis Sativa L).

De este último, señalan que es una planta de la familia de las cannabáceas, y desde su genética contiene menos de 0,3% de THC (Tetrahidrocannabinol, cannabinoide que provoca el efecto psicotrópico).  La planta del cáñamo es genética y físicamente diferente (a la del cannabis), por lo que es utilizada, por su durabilidad, en la industria textil, en la fabricación de cuerdas, papel, elementos aislantes, combustible de motores, pintura y cosméticos, suple todos los usos de los petroquímicos, el algodón y los maderables. 

Es decir, que su uso es completamente diferente al de la Cannabis, y por esto erróneamente se ha estigmatizado a toda esta industria del Cáñamo. 

Por ello, consideran que la prohibición generalizada que incluya al cáñamo, como lo hace la Cofepris, es una medida innecesaria, excesiva y desproporcionada, toda vez que genera afectación absoluta al derecho de sembrar, cultivar y cosechar cáñamo.

La elaboración de productos industriales derivados de esta planta, en concentraciones menores al 1% de THC no presentan riesgo para la salud ni para la seguridad pública, subrayaron. 

En su escrito, los 66 firmantes, entre los que se encuentran investigadores, académicos, asociaciones de industriales, empresarios y organizaciones políticas, como: Curativa Salud Cannabis de México, Por Grace AC, Pasero Abogados SC, WKLASSCANADA, Bella Green Ventures, Asociación Mexicana de Medicina Cannabinoide AC, Concamed, Conidebid, César Hank, Partido Encuentro Solidario de Baja California, Fundación Mexicana de Cannabis Medicinal AC., Naciones ancestrales A.C., Cannativo movimiento de manos indígenas S.C., Alcann, SeedCore Labs, Isodiol, Cannabisalud, entre otros, se pronunciaron a favor de liberar del sistema de restricciones a las que se encuentra sujeto el uso del cáñamo. 

No hacerlo es violatorio de derechos fundamentales consagrados en nuestra constitución, violatorio además de tratados y acuerdos comerciales internacionales.

Las sanciones que hoy aplican al cannabis son excesivas, desproporcionadas y sin razón, cuando nos referimos al cáñamo, precisaron. 

Es importante, que esté claro, que se debe entender por Cáñamo como cualquier planta del género de las cannabáceas, específicamente la Cannabis Sativa L y que está adecuada para uso industrial con bajos niveles de THC.

Recordaron que por su casi nulo contenido de THC, bajo costo, beneficios ecológicos y económicos desde la ONU (1961 en la Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes), se impulsa su cultivo y legalización en todo el mundo.  

Si bien es cierto, la autoridad sanitaria es la encargada de salvaguardar y proteger el control sanitario de productos y servicios, que pueden representar algún daño para la salud de la población. El cáñamo, por lo anteriormente expuesto, NO representa peligro para la salud ni para la seguridad pública.

Por lo anterior, consideran preocupante que Cofepris, confunda el cáñamo con el cannabis de uso médico. Toda vez, que la misma autoridad ha emitido, por medio de instrumentos jurídicos que en efecto clasifican al cáñamo industrial como una planta que carece de valores terapéuticos, cuyo porcentaje de THC es menor a lo que marca la ley, y que no representan ningún posible daño a la salud.  

Por lo tanto, la industria del cáñamo para usos industriales, (no médicos ni de consumo humano) no debería estar regulada por Cofepris. Ya que la competencia de la autoridad sanitaria solo debería limitarse en la revisión de los productos finales que sean de consumo humano y no las materias primas, las cuales recaen ante otras autoridades tales como las de agricultura y economía, concluyen.

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Para más información: Armando Alcántara E.

Cel: 5550688106

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