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En México la Norma Oficial Mexicana 035, factores de riesgo psicosocial en el trabajo-identificación, análisis y prevención debe implementarse en los centros de trabajo ¿Qué dice?
Las fallas más comunes son la actitud agresiva y/o impositiva; falta de claridad de las funciones en las actividades, y escaso o nulo reconocimiento y retroalimentación del desempeño en la relación laboral. AP / ARCHIVO
¿El estrés en el trabajo te ha alcanzado? ¿La empresa o el patrón no hacen nada para solucionar los conflictos? ¿Prefieres renunciar y buscar un nuevo empleo? Si la respuesta a estos cuestionamientos es sí, pareciera indicar que tu centro de trabajo no aplica la legislación en México que procura la salud mental entre los trabajadores.
En nuestro país, la Norma Oficial Mexicana 035, factores de riesgo psicosocial en el trabajo-identificación, análisis y prevención, es la ley que tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
De acuerdo al Gobierno federal, las Normas Oficiales Mexicanas que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales.
Así que si vives un conflicto en tu lugar de trabajo, es importante recordar cuáles son las obligaciones del patrón y aquellas que se remiten al trabajador. Aquí un recuento:
¿Cuáles son las obligaciones del patrón?
Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
- Implementar una política de prevención de riesgos psicosociales
- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial
- Evaluar el entorno organizacional
- Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial
- Canalizar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo a la atención médica
- Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial
¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores?
- Observar las medidas de prevención
- Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral
- Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial
- Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral
- Informar por escrito al patrón directamente, haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo
- Participar en los eventos de información que proporcione el patrón
- Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas
¿Cuáles son los factores de riesgo psicosocial que contempla la NOM 035?
- Las condiciones en el ambiente de trabajo, es decir, condiciones peligrosas o insalubres
- Las cargas de trabajo. Se refieren a las exigencias que el trabajo impone al trabajador y que exceden su capacidad
- La falta de control sobre el trabajo. El control sobre el trabajo es la posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones en la realización de sus actividades
- Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que exceden lo establecido en la Ley Federal del Trabajo
- Interferencia en la relación trabajo-familia. Surge cuando existe conflicto entre las actividades familiares o personales y las responsabilidades laborales
- Liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo. Está directamente relacionado con la actitud agresiva y/o impositiva; falta de claridad de las funciones en las actividades, y escaso o nulo reconocimiento y retroalimentación del desempeño, y también abarca aspectos como la imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas relacionados con el trabajo
- La violencia laboral, que contempla ascoso, acoso psicológico, es decir, aquellos actos que dañan la estabilidad psicológica, la personalidad, la dignidad o integridad del trabajador; el hostigamiento, traducido en la ley como el ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas y, finalmente, los malos tratos, señalados como aquellos actos consistentes en insultos, burlas, humillaciones y/o ridiculizaciones del trabajador, realizados de manera continua y persistente (más de una vez y/o en diferentes ocasiones).
Campo de aplicación para la NOM 035 STPS 2018
De acuerdo con el campo de aplicación, la NOM 035 rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. Sin embargo, las disposiciones de esta norma aplican de acuerdo con el número de trabajadores que laboran en el centro de trabajo. Derivado de lo anterior, existen tres niveles:
- Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores;
- Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores, y
- Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores.
¿Qué es el "burnout"?
Según la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) la palabra inglesa de "burnout" es un término de difícil traducción en el castellano. Como término coloquial que es, va más allá del simple agotamiento o estar exhausto, pues implica también una actitud hacia el trabajo de pérdida de ánimo.
Además, la UNAM señala que el constructo psicológico del síndrome de "burnout" se caracteriza por agotamiento; despersonalización y cinismo, y desmotivación e insatisfacción en el trabajo, que conllevan a un pobre desempeño laboral, lo anterior como consecuencia de factores de estrés prolongados tanto en la esfera emocional como en las relaciones interpersonales en el trabajo.
¿Qué características tiene el "burnout"?
- Agotamiento emocional, fatiga y depresión
- Relación de los síntomas con la actividad laboral
- Predominancia de estos síntomas en los ámbitos mentales y conductuales sobre el cansancio físico
- Aparición de los síntomas en personas normales sin antecedentes "psicopatológicos"
- Ineficiencia y pobre desempeño en el trabajo
¿Qué hacer con el "burnout"?
La UNAM apunta que el "burnout" está asociado al desempeño en el trabajo y no afecta de igual forma a todos los individuos sometidos al mismo estrés laboral. Por lo que las medidas preventivas o correctivas deben están dirigidas al ambiente laboral y a la persona en lo particular.
Destaca además que algunos lineamientos que apuestan al ambiente favorable en el trabajo pueden tener un impacto para mejorar la situación. Destaca, por ejemplo, medidas tales como:
- Cargas laborales equitativas
- Percepción por los trabajadores de capacidad de decisión y grados de autonomía
- Reconocimientos a la labor desempeñada
- Respaldo y reconocimiento del ambiente social
- Percepción de los trabajadores de justicia y equidad en sus cargas laborales y remuneraciones
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